Se ha recibido en la Federación escrito de la Mutualidad General Deportiva, informando de los cambios producidos en sus procedimientos:
Como consecuencia de una revisión de los procedimientos de control interno encaminados a una correcta y ecuánime aplicación de las Condiciones Generales de la póliza llevada a cabo por la Dirección de esta Mutualidad General Deportiva, a partir de primeros de octubre las pruebas diagnósticas que tengan como finalidad el diagnostico o valoración de “posibles” daños corporales que son diferenciales o de descarte no serán asumidas por la Mutualidad (Punto 5° de la condición vigésimo primera).
Será el asegurado, quien decida realizar dichas pruebas, que abonará el mismo, y en caso de que el informe médico, con las conclusiones de. dichas pruebas acredite lesión derivada de un accidente deportivo, deberá remitir el informe antes mencionado a la Mutualidad General Deportiva y será nuestra Asesoría Médica la que autorizará la continuación del tratamiento, si entiende que las lesiones descritas derivan de un hecho accidental (causa violenta, súbita, etc...) en la practica deportiva. Así mismo, en estos casos, la Mutualidad General Deportiva, previo envío de las facturas correspondientes, le reembolsará al deportista el importe de las pruebas, así como cualquier gasto médico que haya acometido el asegurado para acreditar la lesión.
Así mismo, recordamos que tampoco se atenderán patologías que, si bien se manifiestan durante la práctica deportiva, su origen no sea un hecho accidental determinado acontecido en la citada práctica deportiva, como pueden ser Las derivadas de dolencias ergonómicas o algias inespecíficas de cualquier naturaleza, etc. (ver condición vigésimo primera de la Condiciones Generales de la Póliza).
NO OBSTANTE SE RECUERDA QUE LA PRIMERA ASISTENCIA SEGUIRÁ SIENDO ASUMIDA EN TODOS LOS CASOS POR LA MGD Y EN LOS CASOS EN QUE EL ACCIDENTE DEPORTIVO SEA GRAVE Y NECESITE HOSPITALIZACIÓN, SERÁN CUBIERTOS POR ESTA M.G.D.