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SECRETARIA
GENERAL
Circular
nº 16/2004
Madrid, 18 de Septiembre de 2004
Para
General Conocimiento
TRAMITACIÓN DE LICENCIAS -
TEMPORADA 2004/2005
En aplicación y desarrollo del
Reglamento de Licencias Federativas, aprobado por la Dirección General de
Deportes de la Comunidad de Madrid, se confecciona la siguiente circular
El inicio de la nueva temporada,
dará comienzo el próximo día 1 de Noviembre de 2004, finalizando el 31 de
Octubre de 2005.
Todos los clubes, Atletas,
Entrenadores y Jueces, que soliciten la tramitación de su Licencia deberán tener
su domicilio legal, en el territorio de la Comunidad de Madrid. La Federación de
Atletismo de Madrid se reserva el derecho de solicitar en el momento de la
tramitación de la Licencia el Certificado de Empadronamiento correspondiente.
Para poder formalizar las
Licencias y ser atendido médicamente, será requisito ineludible estar en
posesión del D.N.I. . En caso de que el atleta sea nacido con posterioridad al
90 y carezca de D.N.I. se pondrá el del Padre o Tutor.
Será de obligado cumplimiento
que los Clubes, Atletas, Entrenadores y Jueces firmen anualmente su renovación o
nueva licencia.
Los atletas pertenecientes a
Clubes Ajenos a la F.A.M, formalizaran personalmente su Licencia en esta
Federación.
Los atletas extranjeros no
comunitarios deberán
tener su carnet de residencia en vigor (expedido por el Ministerio del Interior)
asi como estar en posesión de la autorización de su Federación para poder
fichar por un club español.
Los atletas comunitarios
(Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Estonia, Finlandia,
Francia, Grecia, Hungria, Irlanda,,Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta,
Paises Bajos, Polonia, Portugal Reino Unido, Republica Checa, Suecia) deberán
presentar el certificado de empadronamiento en cualquier lugar de nuestra
Comunidad y estar en posesión de la autorización de su Federación para
poder fichar por un club
español. No se tramitará
ni renovara licencias de extranjeros que no cumplan con estos requisitos. Aquel
atleta Extranjero que tenga próxima su caducidad de residencia deberá entregar
al mismo tiempo de la formalización de su licencia el documento de solicitud de
prorroga. No será necesaria la autorización de su Federación en las categorías
Juvenil e inferiores.
PLAZOS
Los plazos de
renovación
de todas las LICENCIAS
NACIONALES (Atletas,
Jueces y Entrenadores) serán los días 25,26,27 y 28 de octubre de 2004, para
las LICENCIAS
TERRITORIALES será
del 1 al 15 de Noviembre de 2004. Para los atletas que cambien de Club se
aplicarán los mismos plazos.
La Licencia de Club Nacional
y Territorial
deberá renovarse del 1 al 15 de Octubre 2004, no pudiéndose tramitar ninguna
licencia de atleta en tanto en cuanto no esté formalizada la licencia del Club.
TODAS LAS LICENCIAS SE TRAMITARAN EN
HORARIO DE ATENCION AL PUBLICO DE 9.30 A 13.30 Y DE 16.00 A 18.30 DE LUNES A
JUEVES Y DE 9.30 A 13.30 LOS VIERNES.
INSTRUCCIONES PARA RELLENAR LOS
IMPRESOS DE LAS LICENCIAS
Categorías RFEA-FAM
Veterano-Senior
nacidos en el 82 y anteriores-Promesa 83/84/85-Junior 86/87-Juvenil
88/89-Cadete 90/91 (Licencias Nacionales nuevas o cambios 1 foto
obligatoria, estas no se tramitaran sin foto) (Licencias Territoriales hasta el
año 88 inclusive no será necesaria la foto)
Se entregará una relación nominal
firmada y sellada por el Club, de las licencias presentadas para su tramitación
pudiéndose agrupar según modelo que se entregará junto con las licencias. LA
LICENCIA FEDERATIVA DEBERA ENTREGARSE DEBIDAMENTE CUMPLIMENTADA Y FIRMADA POR EL
ATLETA, RELLENANDO TODOS LOS DATOS SOLICITADOS EN LA MISMA. La Federación de
Atletismo de Madrid hará entrega de la Tarjera de Federado siendo esta la
tarjeta de identificación del atleta. Para la expedición de la Licencia del
Atleta de categoría Cadete (14 años cumplidos) será obligatoria la presentación
de fotocopia del D.N.I. para cotejo de datos.
Categorías Comunidad-FAM
Cadete
89/90-Infantil 91/92-Alevin 93/94-Benjamin 95/96.
(Trípticos todos una foto carnet)
Cuota Territorial todos 8,10 €
Se rellenará EL IMPRESO
CORRESPONDIENTE, cumplimentado a maquina y ordenado alfabéticamente por primer
apellido. El seguro obligatorio cubrirá hasta el 30 de Junio de 2005. NO SE
ADMITIRA NINGUN IMPRESO EN EL QUE FALTE ALGUNO DE LOS DATOS SOLICITADOS. Se
admitirán las licencias a partir del día 15 de Octubre de 2004. La Federación de
Atletismo de Madrid hará entrega de la tarjeta de identificación del atleta que
deberá ser rellenada y presentada con su foto por el club. Para la expedición de
la Licencia del Atleta de categoría Infantil y Cadete (14 años cumplidos) será
obligatoria la presentación de fotocopia del D.N.I.
FORMA DE PAGO
Una vez se comprueben en la F.A.M.
las relaciones, se entregará un impreso provisional con el importe
correspondiente a las licencias presentadas. Dicho importe se abonará a la
Federación de Atletismo de Madrid mediante transferencia bancaria a la siguiente
cuenta .
C/C
0049 5817 82 2195029483 Banco Santander Central Hispano
Con el resguardo de la
transferencia bancaria, se entregará el recibo definitivo procediendo a la
formalización de las licencias.
CUOTAS LICENCIAS FEDERATIVAS
TEMPORADA 2004/2005
EUROS
Licencias deAtletas
Cuota Seguro Cuota Totales
Territ. Obliga. Nac.
Territorial Nacional
Veteranos
12,40 28,95 22,35 41,35
63.70
Nacidos en 1965 y anteriores
Senior/Promesa
12,40 23,90 22,35
36,30
58,65
Nacidos en 1985 y hasta
1966 inclusive
Junior
12,40 12,55
11,50 24,95
36.45
Nacidos en 1986/1987
Juveniles
8,10 12,55 11,50 20,65
32,15
Nacidos en 1988/1989
La licencia territorial de los
nacidos en 1989 se realizará a través de tríptico
Cadete
8,10 9,45 8,10 8,10
25,65
1989 Y 1990
La licencia territorial en estas
edades se realizará a través de tríptico
Atleta Independiente Territorial
50,00 de cuota territorial
+ Seguro Obligatorio (según año de nacimiento)
Atleta Independiente Nacional
50,00 de cuota territorial +
Seguro Obligatorio(según año de nacimiento)
+ Cuota R.F.E.A (según
categoría)
Atletas Club Ajeno a la Federación de Atletismo
de Madrid
80,00 de cuota territorial
+Seguro Obligatorio(según año de nacimiento)
+ Cuota R.F.E.A. (según
caegoria)
Licencias de Clubes
Cuota Cuota
Total
Territ. Nac.
Catg.
División Honor 93.00
650.00 743.00
Catg. 1º División
93.00 439.00 532.00
Catg. Nacional
93.00 255.00 348.00
Catg.Territorial
93.00 0
93.00
Licencias de Jueces
Cuota Cuota Seguro
F.A.M. Nacional Obliga.
Nacional
9.35 30,00 13.00
Territorial
0 0
Licencias de Entrenadores
Cuota Cuota
Seguro
F.A.M. Nacional Obliga.
Nacional
18.66 44.00 13.00
Territorial
0 0
La Federación de Atletismo de Madrid se reserva
el derecho de la tramitación de licencias. Así como de estipular la Cuota FAM
que crea conveniente en cada momento, cuando las licencias se tramiten fuera de
los plazos establecidos, no siendo esta superior a la establecida por la R.F.E.A.
en cada caso. Así mismo las cuotas en la tramitación de Licencia de
Representantes de Atletas y Organizadores se incrementarán en (61.00 Euros)
Federación de Atletismo de Madrid
18 de Septiembre de 2004

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