SUBVENCIONES A CLUBES DE LA CAM 2016: CONCESIÓN
Las subvenciones concedidas se abonarán a los beneficiarios, previa presentación de la documentación establecida en los artículos 9.2 de la Orden 2762/2014 y 8.2 de la Orden 1541/2016 ya citadas, que se habrá de presentar en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la Orden de concesión en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. A tal efecto todos los interesados deberán presentar la siguiente documentación justificativa. Mas información en el articulo 4 de la concesión.
Concesión
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